La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn revocó el fallo y la medida cautelar de la Jueza Barreiro que había dispuesto suspender el tratamiento del proyecto legislativo de zonificación minera en el marco de una acción de amparo promovida por comunidades originarias de la meseta.

El fallo del tribunal dice que los abogados que presentaron el amparo lo hicieron fuera del plazo legal para intentar esa vía.

La presentación fue realizada por las Comunidades Mapuche Tehuelche "Lof Lefimi", "Los Pino", "Mallin de los Cual" y "Chacay Oeste y Laguna Fría", quienes presentaron ante la justicia provincial un recurso de amparo para que la Legislatura cumpla con el deber estatal de consultar y permitir la participación institucional de los pueblos originarios, en relación al proyecto de ley de zonificación minera en la Meseta Central.

La demanda fue declarada admisible este viernes 14 de mayo por la Dra. Barreiro del Juzgado Laboral N° 1 de Puerto Madryn y junto con dicha decisión ordenó a la legislatura que se suspendiera el tratamiento de ese proyecto legislativo.

El pedido de las Comunidades se fundamenta en la Constitución Nacional, el Pacto de San José de Costa Rica y el Convenio Nro. 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que obligan a los Estados a establecer mecanismos institucionales de participación y consulta con las autoridades propias de los pueblos indígenas cada vez que se prevean medidas legislativas susceptibles de afectarlos directamente, tal como ocurre con el proyecto de zonificación minera.

A través de un comunicado, ENDEPA exhortó a las autoridades de la Provincia del Chubut, especialmente a la presidencia y los miembros de la Legislatura Provincial "a cumplir con la Constitución y con los tratados internacionales y cesar en su actitud violatoria de los derechos humanos, a fin de evitar ulteriores consecuencias graves tanto para el Pueblo Mapuche Tehuelche como para el Estado".

La definición de la Cámara de Puerto Madryn no se expide sobre el planteo de los pueblos originarios ligados con la consulta y define rechazar el amparo por extemporáneo.