Se realizaron dos audiencias de control de detención, por dos sujetos que fueron detenidos en la provincia de Chubut en el marco de un operativo internacional llamado "Luz Infancia 9", por tenencia y tráfico de material de abuso sexual infantil, investigación que involucra a siete países.

Los dos detenidos en Chubut continuarán con prisión preventiva por 60 y 90 días. El pedido lo efectúo y fundamentó el titular de la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital, Fernado Rivarola.

Dos jueces, tras los allanamientos realizados en Rawson, Trelew y Puerto Madryn, resolvieron -tras dos audiencias de control de detención en Rawson y Puerto Madryn- “que las detenciones fueron legales y se dispuso que los dos detenidos cumplan con presión preventiva por el término de  60  y 90 días.

Cabe recordar, que se trata de una investigación de carácter internacional, en la cual intervinieron los países de Panamá, Ecuador, Colombia, Estados Unidos, Brasil, Paraguay y Argentina.

Se trata de una operación iniciada por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (United States Department of Homeland Security) y la Secretaria Nacional de Seguridad Pública de Brasil, en la cual utilizando un software dedicado a la investigación en redes  P2P lograron captar información de usuarios que descargan y comparten material con contenido de explotación sexual infantil (Infracción al Art. 128 del Código Penal)

Prisión preventiva para los detenidos por distribuir material de abuso sexual infantil

Los allanamientos fueron en forma conjunta y simultánea tanto en nuestro país como en los demás países involucrados. En nuestro país se ejecutaron un total de 70 allanamientos, 3 en la Provincia de Chubut.

La Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital, (UFEC yED) llevó adelante los procedimientos de los objetivos, correspondientes a las jurisdicciones de Trelew, Rawson y Puerto Madryn.

Como consecuencia de los mismos se obtuvieron resultados positivos, logrando la detención de dos personas, secuestro de diversos dispositivos electrónicos y material de abuso sexual infantil.

El delito tipificado en el Art 128 CP estipula una pena de prisión que parte de los 4 años para toda aquella persona que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere material de abuso sexual infantil de menores de 13 años, además de estar penada a partir del año 2018 penada la tenencia de dicho material.

Fuente: Área de Comunicación Institucional de la Procuración General. Rawson