La fiscal María Bottini encabeza el equipo del MPF que viajó a Lago Puelo para realizar un nuevo juicio por jurados. La acompañan el funcionario Ismael Cerda, el Lic. en psicología Esteban Prusso y personal administrativo. El debate se realiza a puertas cerradas por tratarse de delitos contra la integridad sexual.

El lunes tuvo lugar la audiencia del Voir Dire para la selección del jurado. A las personas convocadas se le realizaron diversas preguntas tendientes a determinar su imparcialidad para escuchar la prueba, libres de prejuicios y tomar una decisión justa. Fueron admitidas recusaciones con causa, planteadas por la Fiscalía, por falta de perspectiva de género.

Jurados con perspectiva de género

La Asociación de magistrados y funcionarios de la justicia nacional, señala que el juzgar con perspectiva de género lejos de ser una moda jurídica es una obligación legal. Encuentra su fundamento y respaldo en el derecho a la igualdad y a la no discriminación reconocidos en nuestra Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos que el Estado Argentino ha suscripto e incorporado al ordenamiento mediante el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional (art. 16 CN; art. 1, DUDH, y arts. 1.1 y 24, CADH).

La aplicación de la perspectiva de género como método jurídico de análisis requiere constatar la existencia de una relación desequilibrada de poder, se debe identificar a la persona que se encuentra en situación de desigualdad por razón de género y valorar la posible adopción de medidas especiales de protección. Hay que poner especial énfasis a los casos en que además del género confluyan categorías de vulnerabilidad tales como la pobreza, falta de educación, marginación, migración etc. Bajo este contexto constatado de desigualdad, el juzgador o la juzgadora, debe interpretar los hechos de una manera neutral y sin estereotipos discriminatorios.

¿Qué se discute en el juicio?

Centralmente se discute si existió o no consentimiento. Si no hubo consentimiento, hubo delito de abuso sexual. El jurado tendrá que interiorizarse con la prueba y las alegaciones de las partes, en qué es el consentimiento y cuales son sus límites.

El consentimiento

La ONG ONU Mujeres publicó un artículo que habla del consentimiento, indicando por qué en este aspecto “no hay líneas borrosas”. Indica que expresiones tales como “no dijo que no”, “habíamos bebido mucho”, “lo iba pidiendo por la ropa que llevaba” o “hay que ser más tajante”, refieren al consentimiento como una idea vaga, sin embargo la definición es muy clara.

Para que exista consentimiento debe haber convencimiento, debe ser dado libremente, consentir de modo informado, específico y reversible.

Con convencimiento

El consentimiento nace de un sentimiento de motivación. Debe haber un “sí” activo. Si se transmite preocupación o inseguridad, no hay consentimiento. “No”, “no lo sé” o un silencio no son sinónimos de consentimiento.

Dado libremente

El consentimiento se debe dar sin presiones. No es correcto engañar, forzar o amenazar a alguien para que diga que sí. Nadie puede dar su consentimiento si está inconsciente o en un estado mental alterado, por ejemplo, bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Informado

Sólo puedes consentir si conoces todos los hechos. Por ejemplo, cuando una persona dice que va a utilizar protección durante la relación sexual, pero no lo hace, no hay sexo consensuado.

No puede haber consentimiento libre y pleno si alguna de las partes implicadas es menor de edad.

Específico

El consentimiento contempla situaciones específicas. ONU Mujeres sostiene que tenés derecho a consentir una cosa y no otra. Podés estar de acuerdo en besar o tocar un día y no al día siguiente. Lo que consentís es sólo decisión tuya y puede variar.

Reversible

El consentimiento se puede retirar. Se puede cambiar de idea en cualquier momento. Y el consentimiento es importante incluso entre las parejas que ya han mantenido relaciones sexuales antes.

La mayoría de las agresiones sexuales no las cometen personas extrañas en callejones oscuros. Es frecuente que el autor de una agresión sexual sea alguien a quien la víctima conoce o, incluso, una pareja sentimental.

Erradicar la violencia contra las mujeres implica obtener el consentimiento en todas las situaciones, incluso en el ámbito del matrimonio y las relaciones a largo plazo.

Fuente Fiscalía Esquel