Prisión domiciliaria y fuga de Vargas Nehuen: "Hay una cadena de responsabilidades que no se puede omitir"
El defensor público de Esquel, Marcos Ponce, señaló que el pedido de fiscalía no tuvo fundamentos jurídicos, lo que impidió que el juez modificara la medida de prisión domiciliaria.
Tras la fuga de Miguel Alejandro Vargas Nehuen, condenado por el femicidio de Ana Calfín, el defensor público de Esquel, Marcos Ponce, dialogó con EQSnotas.com y brindó detalles sobre cómo se llegó a esa situación. El joven había sido condenado por un jurado popular y cumplía prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario cuando se escapó, días antes de conocerse la pena. Actualmente, fue recapturado en Chile y permanece a disposición de la justicia de ese país.
Ponce aclaró que la defensa del imputado estuvo a cargo de la doctora Carolina García, en el marco del sistema de juicio por jurados que exige un equipo técnico ampliado. “El desempeño del equipo fue muy destacable desde el punto de vista jurídico”, remarcó.
Respecto a la continuidad de la prisión domiciliaria tras el veredicto condenatorio, Ponce explicó que el Código Procesal Penal exige que cualquier modificación de esa medida sea fundamentada en hechos y en derecho. El Ministerio Público Fiscal solicitó el traslado a una comisaría, pero —según Ponce— no justificó jurídicamente el cambio de criterio.
“El juez estaba imposibilitado de resolver de otra manera. Si él hubiese decidido porque le parecía que ahora era más peligroso, hubiese estado en una situación de incumplimiento del derecho", afirmó el defensor.
También señaló que el juez que intervino, el Dr. Novarino, ordenó reforzar los controles domiciliarios, aunque se desconoce si esa disposición fue efectivamente cumplida.
“La fuga pudo haberse evitado. Hay una cadena de responsabilidades que no debemos omitir. La resolución de Novarino fue ajustada a derecho y no se le puede reprochar de lo técnico-jurídico”, sostuvo.
Por último, Ponce consideró que la Fiscalía podría haber priorizado el logro del veredicto de culpabilidad y “quizás entendieron que eso era suficiente argumento, pero no fue desarrollado jurídicamente”.