El diputado provincial Manuel Pagliaroni celebró la aprobación, este jueves, por parte de la Legislatura, del proyecto de ley para que la realización de debates públicos entre candidatos sea obligatoria. Con ello se promueve que el electorado conozca las distintas propuestas de Gobierno de cada aspirante al Ejecutivo Provincial.

"Se ha trabajado sobre dos proyectos presentados: uno de mi autoría y otro del diputado Touriñán", del bloque del PJ-FPV, explicó Pagliaroni a la hora de fundamentar la iniciativa en la sesión Legislativa.

El proyecto

En la Ley aprobada se estipula que sea el Tribunal Electoral Provincial quien convoque a quienes estén obligados a participar del debate.

La autoridad de aplicación es el Tribunal Electoral Provincial que, sin perjuicio de las facultades propias de la competencia o no de las elecciones a celebrarse, tendrá a cargo la organización, realización y coordinación del debate de candidatos, pudiendo dictar reglamentaciones que hagan a su efectividad.

Al ser de carácter obligatorio, la no participación del candidato implica la sanción a su partido o frente electoral con la quita de espacios de publicidad audiovisual gratuitos, el no otorgamiento de aportes dinerarios ni subsidios destinado a la impresión de padrones o boletas electorales y la exclusión, por el término de dos años posteriores a la fecha de los comicios, de la percepción del Fondo Partidario Permanente creado en el Capítulo II de la Ley XII- N° 9.

En aquellos casos en los que el partido político o frente electoral hubiese recibido fondos de campaña e incumpliera con la obligación prevista en la ley, deberá reintegrarlo en un plazo no mayor a sesenta días.

A su vez, refiere la normativa que cuando el candidato no se presente en el día, hora y lugar designado, el espacio físico que hubiera sido reservado para él permanecerá vació junto con el resto de participantes.

Temática

La temática da debatir será definida por la autoridad de aplicación, en conjunto con organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la materia electoral y/o de asuntos públicos, universidades y/o centros de estudios, y con el aporte de los partidos políticos oficializados.

La reglamentación de la ejecución del debate y el contenido de los mismos será acordada en una audiencia pública, en la que serán convocados los partidos políticos participantes de los comicios.

En el artículo 5° señala que se deberán cumplir hasta tres debates públicos, los que se llevarán a cabo dentro de los 20 días y hasta los 7 días previos a la celebración de los comicios.

En torno al lugar a desarrollarse, se especifica que será en localidades con más de 2.000 electores. Para la selección de las sedes se deberá tener en cuenta la posibilidad de abarcar distintas zonas geográficas de la provincia. El orden de ejecución de cada debate ser realizará por sorteo.

El debate de candidatos será trasmitido en directo por el canal oficial de la Provincia y a través del sitio web oficial del Gobierno de la Provincia del Chubut; asimismo, la señal será puesta a disposición de todos los medios periodísticos, públicos y privados, que deseen retransmitirlo de manera simultánea, en forma gratuita.

Durante la transmisión del debate se suspenderá la publicidad electoral en los servicios de comunicación audiovisual y los anuncios públicos de los actos de gobierno.

La Ley invita a las Municipalidades a realizar el mismo mecanismo dentro de las ciudades.