La jueza de Familia de Comodoro Rivadavia, Dra. Guillermina Sosa, dictó la medida cautelar de especial protección respecto de una mujer adulta mayor, para excluir del hogar a un sujeto, único conviviente de la mujer que debió ser internada por los signos de maltrato revelados.

Excluido

El denunciado no puede tomar contacto bajo ninguna circunstancia con la víctima, ya sea en el domicilio del cual fue excluido, o cualquier otro lugar donde la mujer desarrolle su actividad laboral, estudio u otro, donde la denunciante se pudiera encontrar. Dicha prohibición de acercamiento rige también para los llamados telefónicos o mediante el uso de las distintas tecnologías, redes sociales, virtuales y demás formas de hostigamiento.

Tutela de las personas en situación de vulnerabilidad.

En virtud del deber especial de tutela que merecen las personas en situación de vulnerabilidad, se ordenaron medidas de protección y acompañamiento respecto de la víctima, así como la intervención y asistencia de la misma por parte de la Dirección de Adultos Mayores.

Por su parte, se ordenó que Equipo Técnico Interdisciplinario evalúe el contexto de violencia de género y la posibilidad de recurrir a organismos de protección de derechos a efectos de sugerir todo tipo de medidas protectorias que resulten adecuadas, como así también, para que evalúen la eficacia de las medidas de protección hasta aquí ordenadas, e informen si la víctima puede asistir a las audiencias de avenimiento y/o mediación junto al victimario o si deben celebrarse por separado.

Dignidad de personas no humanas: Protección de mascotas

Por último, la magistrada encomendó la articulación con bromatología municipal y organismos afines, para que se adopten las medidas oportunas necesarias para que se restablezca la dignidad y el trato a las personas no humanas, en el caso, canes y/o felinos que se hallaban en condiciones insalubres o abandono en dicho domicilio.