Los jueces Ricardo Rolón, Martín O´Connor y Daniel Pérez dictaron veredicto en el caso de homicidio de Olegario Reynacul en Paso del Sapo en febrero del 2018.

El tribunal halló penalmente responsables a a Juan de la Cruz Reynacul y a Roberto Reynacul del delito de Homicidio Simple, en calidad de coautores y María Roxana Higuera, como partícipe secundaria del mismo delito. Resta debatir la pena que se aplicará.

En los alegatos, la fiscal Fernanda Révori solicitó condena por el delito de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y supletoriamente por el delito de homicidio simple, en tanto que el defensor Marcos Ponce propuso una teoría exculpatoria, basada en el accionar amparado en la legítima defensa o bien en un exceso de la misma.

Juan de la Cruz y Roberto Mauricio Reynacul, fueron declarados coautores de homicidio simple. María Roxana Higuera, fue hallada responsable de participación secundaria en el homicidio de Olegario Reynacul, en tanto que resultó absuelta del delito de lesiones leves proferidas a la hija de Olegario. A su vez, Juan de la Cruz Reynacul fue hallado culpable de desobediencia. Los tres resultaron condenados al pago de costas.

En el análisis jurídico de los hechos, los magistrados consideraron que existió una provocación ilegítima por parte de los acusados. Se había presentado en ese lugar los tres armados con cuchillo, violando una prohibición de acercamiento. Por lo tanto, no puede alegarse tampoco el exceso, cuando la conducta en su inicio de ejecución no estaba amparada por la legítima defensa. Sin embargo los jueces plantearon que existe al menos una duda respecto de que hubiera existido un concurso premeditado de voluntades para matar en esas circunstancias a Reynacul, por eso la declaración de responsabilidad lo fue por homicidio simple.

Fuente: MPF