La Cámara Penal integrada por los jueces Martín Zacchino, César Zaratiegui y Hernán Dal Verme, confirmó la sentencia de prisión perpetua del 7 de julio de 2021, para Pablo Gabriel Navarro, declarado autor penalmente responsable del homicidio de Maximiliano Méndez, ocurrido en diciembre de 2019 en la intersección de Sarmiento y Chacabuco de Esquel.

Cabe destacar que la Cámara Penal rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, el planteo de inconstitucionalidad del art. 40 del Código Penal y la impugnación ordinaria interpuesta por la Defensa del imputado.

Navarro fue declarado autor del delito de robo de vehículo automotor dejado en la vía pública en grado de tentativa, en concurso ideal con hurto, en concurso real con homicidio doble agravado por haber sido cometido con alevosía y criminis causa, a la pena de prisión perpetua , accesorias legales y costas.

En el mes de julio los jueces Jorge Criado, José Luis Ennis y Jorge Novarino encontraron debidamente probado todo el accionar desplegado por el acusado, el cual concluyó con el crimen de la víctima mientras dormía en su auto y el robo del rodado.

El fiscal Ezequiel Forti se refirió al hecho como un crimen brutal, macabro ya la postre mortal. El aprovechamiento del estado de inconciencia de Méndez, el ataque por la espalda, la cantidad de puñaladas, todas ellas con entidad para producir la muerte, y la motivación para el asesinato (el robo del auto), colocan al hecho entre los más graves previstos por el Código Penal.

El defensor público, Marcos Ponce había requerido al tribunal la libre absolución de su defendido, aduciendo que no se había probado correctamente que él fuera el autor.

El tribunal no tuvo dudas sobre la autoría. Al oralizar los fundamentos del veredicto, Criado sostuvo que resultó fundamental el registro de las cámaras de seguridad para corroborar toda la secuencia del accionar de Navarro y para reconocerlo en esas filmaciones. Se agregó a esto la contundencia de la prueba científica delatando presencia de su ADN en el volante.

Los jueces consideraron que la secuencia de los hechos aportada por la Fiscalía, es clara, dividida en dos secciones, la tentativa de robo de una camioneta y hurto de objetos de su interior, y el posterior crimen de Méndez y el robo de su coche. Las calificaciones legales ofrecidas por el fiscal fueron admitidas por el Tribunal.

"Hubo dos objetivos centrales para todo el accionar, los dos vehículos, por eso entendemos que es un homicidio criminis causa, más allá de la queja que ha formulado el defensor", sostuvo Criado. Ambas agravantes del homicidio están verificadas.

La gravedad de las lesiones y su entidad para causar la muerte, la falta de heridas defensivas, la evidencia de que la víctima, Maximiliano Kuty Méndez, estaba durmiendo, "no tuvo ninguna posibilidad de defenderse en la posición en la que fue sorprendido para darle muerte ". Luego de esto Navarro sacó a Méndez del auto, se subió, arrancó el vehículo y salió pisando al menos una de las piernas de la víctima.