En las últimas horas se  publicó en el Boletín Oficial el proyecto de ley que modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría, que modifica la iniciativa que en septiembre del año pasado modificó el tributo del pago de Ganancias.

Con las firmas del ministro de Economía, Luis Caputo, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el presidente Javier Milei, el texto destaca la “grave crisis económica y fiscal que afecta seriamente el funcionamiento del Estado nacional” que atribuye a “las sucesivas políticas en materia fiscal adoptadas en las últimas décadas”.

“En lo que respecta específicamente a la crisis fiscal, su causa se encuentra en el desbalance de las cuentas públicas del Estado nacional que, en forma recurrente y continua, ha realizado erogaciones por encima de sus ingresos”, señala el texto que alerta sobre el agravamiento de la situación en materia impositiva en los 4 meses anteriores al 10 de diciembre de 2023 por la administración que concluyó su mandato en esa fecha”.

Destaca que el proyecto que se remite tiene por finalidad recomponer los ingresos fiscales eliminados entre los meses de agosto y diciembre de 2023, específicamente en lo referido al Impuesto a los Ingresos Personales (cuarta categoría del Impuesto a las ganancias).

“Al respecto, no cabe duda de que el impuesto a las ganancias es el tributo de mayor progresividad del entramado fiscal argentino, ya que toma como base para su determinación las ganancias netas que todo contribuyente obtiene, por oposición a otros tributos que, de manera regresiva, imponen cargas fiscales homogéneas a distintos contribuyentes sin tomar en cuenta su situación particular”, precisa el texto, que destaca que el proyecto remitido “tiene por finalidad restablecer el equilibrio dentro del esquema de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, contando con un Capítulo referido al Impuesto a los Ingresos Personales que abarca a aquellos sujetos que evidencian una capacidad contributiva suficiente para ser alcanzados por el tributo, respetando siempre la progresividad que es el principio rector de la norma”.

“Dadas las altas alícuotas a las que tributan dichas empresas (que van del 25 % al  35 %, se puede fácilmente apreciar que de no gravarse en cabeza del sujeto receptor de pagos deducible el respectivo impuesto a las ganancias, la pérdida de la recaudación será excesiva”. 

De esta manera, se propone modificar la Ley de Impuesto a las Ganancias, para que, en el marco del denominado “Impuesto a los Ingresos Personales”, se prevea un esquema de alícuotas progresivas y el cómputo de deducciones personales que permita de esta forma al Estado nacional recomponer los ingresos perdidos por la política fiscal adoptada en forma previa al mes de diciembre de 2023, sin dejar de lado los elementos rectores del tributo en cuestión: la valoración de la capacidad contributiva de cada contribuyente en particular y la progresividad del tributo para que, mientras mayor sea el resultado económico de un contribuyente, mayor sea su contribución”.

Datos clave

Según el texto, el nuevo mínimo no imponible alcanzará la suma de $2.360.829. 

El Impuesto a los Ingresos Personales será pagado por aquellos contribuyentes solteros que tengan ingresos brutos mensuales superiores a $1.250.000. 

Los trabajadores casados, con dos hijos, no pagarán a partir de salarios de $1.590.062.

Se estima que 800 mil personas volverán a pagar el gravamen a partir de los nuevos valores.

Cuánto van a pagar por Ganancias los empleados solteros:

El CEO de SDC Asesores TributariosSebastián Domínguez, realizó un detalle en Infobae sobre cuánto pagarán los empleados solteros en relación de dependencia:

  • El trabajador soltero con un sueldo bruto superior a los $1.250.000 no va a tributar el nuevo Impuesto a los Ingresos Personales.
  • Si ese mismo empleado percibe un salario de 1.600.000 pesos brutos, el gravamen sería de aproximadamente 45.500 pesos.
  • Si tiene un sueldo bruto de 2.000.000 de pesos, pagaría alrededor de 150.000 pesos.

Cuánto van a pagar por Ganancias los empleados casados con dos hijos

En tanto, Domínguez dio algunos ejemplos sobre cuánto pagarán por el nuevo Impuesto a los Ingresos Personales los empleados casados con dos hijos si es que el proyecto de ley del Gobierno avanza en el Congreso:

  • Un empleado casado, que puede deducir cónyuge y dos hijos, con un sueldo de hasta 1.590.000 pesos brutos no pagará Ganancias.
  • Si percibe un salario bruto de 2.000.000 pesos va a pagar 58.000 pesos mensuales.
  • Si tiene un sueldo de 2.400.000, deberá tributar por Ganancias alrededor de 282.000 pesos.

Vale aclarar que las deducción y los tramos de escala de impuestos se van a actualizar automáticamente por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec, aunque el Poder Ejecutivo también tendrá la facultad de hacerlo de manera discrecional.

Críticas al nuevo Impuesto a los Ingresos Personales

Por otro lado, Domínguez remarcó algunos aspectos negativos de la reforma que plantea el oficialismo. “Sigue la discriminación respecto a los trabajadores autónomos. No se asimila para que se aplique la misma deducción especial para empleados que autónomos”, advirtió.

“Otro punto negativo es la retroactividad al primero de enero de 2024, ya que el impuesto para personas humanas es sobre el año calendario y cualquier reforma que se haga durante el transcurso del año calendario tiene efecto para todo el período fiscal. Dado que este proyecto va a llevar su trámite legislativo, probablemente en el mejor de los casos quizás sea aprobado en febrero o principios de marzo, y lo que va a pasar es que va a haber empleados que cobren sueldos de enero y eventualmente también de febrero sin tributar Ganancias y después se van a encontrar con que quizás en marzo se les tiene que retener el impuesto de los meses anteriores”, alertó el tributarista.

Fuente: Infobae/ Parlamentario.com