Pirotecnia: vender, tener o transportar pirotecnia tendrá una multa mínima de $20 mil
El Concejo Deliberante de Esquel aumentó las sanciones para quienes vendan, tengan o transporten elementos de Pirotecnia #Mira cómo queda
Con el objetivo de desalentar el uso de elementos de pirotecnia, el Honorable Concejo Deliberante, actualizó el valor de las multas y sanciones.
La norma que data del año 2012 fija la prohibición en todo el ámbito del ejido municipal "la comercialización, expendio, uso, tenencia y transporte de todo tipo de elementos de pirotecnia, encontrándose comprendidos todos aquellos que se encienden o accionen por medio de fricción, combustión o utilización de mechas."
En este sentido, ante el incumplimiento, fijaba originalmente la sanción de 46 módulos y decomiso de la mercadería., en caso de reincidencia 120 módulos y decomiso y luego la clausura del comercio por un lapso no inferior a dos días.
A partir de ahora y con el nuevo tarifario se determina la prohibición de comercialización, expendio, uso, tenencia y transporte de todo tipo de elemento de pirotecnia en la ciudad de Esquel, con una multa de 200 módulos, para los reincidentes son 500 módulos y para quienes lo hagan por tercera vez se procederá a la clausura del comercio por un lapso no inferior a 30 días. En todos los casos se procederá al decomiso de la mercadería.
Vale destacar que actualmente el valor del módulo es de 100 pesos. De esta manera el tarifario quedará de la siguiente forma:
*Venta, tenencia y transporte de pirotecnia: $20000
*Reincidente por primera vez: $50000