Se realizó este jueves la 109° asamblea del Consejo Federal de Educación, presidida por el titular de la cartera educativa de la Nación, Nicolás Trotta y en la cual se aprobaron por mayoría los cambios en el protocolo para las escuelas, con el objetivo de intensificar la presencialidad a partir del 1° de septiembre.

"La resolución que se votó hoy permite a las jurisdicciones, en base a su situación epidemiológica y en base a las capacidades áulicas y a la matrícula de cada institución, flexibilizar aún más la posibilidad para las clases presenciales", informó Florencia Perata, ministra de Educación de Chubut.

"También fue materia de discusión en el seno de la Asamblea la disposición del mobiliario escolar para organizar las aulas de distinta manera y optimizar los espacios, como también el uso de todos los espacios dentro de los establecimientos educativos para las clases presenciales", agregó.

En tanto, al concluir el encuentro, Trotta señaló que "proponemos este paso porque contamos con el aval de los especialistas del campo sanitario y epidemiológico, luego de 13 semanas de mejora de los indicadores. Estos cambios se aplicarán manteniendo y, en algunos casos, incrementando las medidas de cuidado ya que la pandemia aún no terminó".

Vacunación y mejores indicadores

Las modificaciones propuestas responden a la mejora de los indicadores epidemiológicos de las últimas 13 semanas, junto al avance en el proceso de vacunación y el aumento de las temperaturas en el territorio argentino, lo cual ofrece una posibilidad de dar paso a nuevas instancias que continúen fortaleciendo la presencia en las aulas.

En la Asamblea hubo consenso en que es necesario intensificar la presencialidad escolar sin renunciar al cuidado de la salud.

La flexibilización del distanciamiento físico (que es de 1,5 metros entre estudiantes) se dará de acuerdo a las siguientes situaciones:

* Condición óptima: en el caso de que las escuelas puedan asegurar la presencialidad completa manteniendo un distanciamiento físico de 1.5 m entre estudiantes, sin dejar de ventilar, asegurando el uso de mascarillas y la higiene de manos. Para mantener esta distancia es necesario aprovechar al máximo el mobiliario escolar en toda su extensión.

* Condición admisible: solo en el caso de que no sea posible asegurar el distanciamiento de 1.5 m para una presencialidad plena, se tomará una distancia física de 0.90 m entre estudiantes en las aulas, manteniendo el requerimiento de 2 m en los espacios comunes y con el cuerpo docente. En este caso, aumenta el requisito de ventilación, no solamente manteniendo abiertas ventanas y puertas, sino incrementando el tiempo de ventilación entre clases.

* Excepciones: solo para los casos en los que no sea posible mantener un distanciamiento físico de 0.90 m entre estudiantes y permitir una presencialidad plena bajo esta condición, se podrá mantener una distancia mínima de 0,50 m. Las excepciones podrán aplicarse en contextos de bajo y medio riesgo epidemiológico y con adecuada cobertura de vacunación en la población general. En el caso de que el riesgo epidemiológico pase a ser alto, no se podrán establecer estas excepciones.

Medidas obligatorias

La resolución aprobada establece además que esas excepciones deberán ser acompañadas de las siguientes medidas obligatorias:

También se agregan estrategias preventivas adicionales que incluyen: