La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió en todo el país un producto rotulado como kit purificador de agua y un alcohol etílico.

La disposición 6607/2020 del Boletín Oficial prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como "Kit purificador de agua 'Kit (CDS) solución de clorito de sodio al 28% (NaCIO2)+Ácido clorídrico al 4% (HCI)".

En la publicación donde se promocionaba se menciona dentro de su composición al dióxido de cloro.

La Anmat concluyó que el contenido "no se correspondía con alcohol etílico" y que presentaba "características de uso industrial con alta cantidad de impurezas y una graduación alcohólica de 46,9% vol a 20°C. No es posible garantizar la calidad, seguridad y eficacia del producto, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población", señalaron desde el organismo de control.

La empresa Fradealco Sociedad Anónima aclaró que no vende al público general envases de más de un litro de alcohol etílico, sino que estas presentaciones se reservan a "empresas debidamente habilitadas" para que elaboren subproductos.

La firma también detalló que, al entregar estas presentaciones, los acompaña con una etiqueta especial para envases a granel, con información como los datos del cliente, el contenido neto y el lote.

La Organización Panamericana de la Salud y la Anmat advierten acerca del consumo del dióxido de cloro y su toxicidad por "los riesgos por la ingesta e inhalación de estos preparados, consumidos bajo la creencia de que ofrecen soluciones para la prevención y tratamiento de determinadas enfermedades".