La ciudad de Esquel tiene penalizada la conducción con ingesta de alcohol desde hace varios años y el monto de la multa es directamente proporcional con el volumen de lo consumido. También en algunos casos se secuestra el vehículo aunque está la chance que alguien más lo retire en el lugar en los 30 minutos posteriores al procedimiento.

Pero la base dispuesta en el marco de la ordenanza de alcohol cero que rige desde el año 2020 en Esquel, marca 200 módulos para la mínima ingesta que va hasta 0.10, lo que equivale a $140 mil.

Desde allí en adelante los montos ascienden de acuerdo a la graduación que arroja el test en el momento con una cifra máxima de $420 mil  para los que tiene más de 1,71 de alcohol en sangre.

A esto se agrega el costo de la grúa de transporte en los casos que se realiza el secuestro lo que representa $14 mil pesos más y luego las costas que representan $5600.

La multa más barata por alcoholemia positiva en Esquel sale 140 mil pesos

¿Siempre me retienen el auto?

La ordenanza inicial de Esquel fijaba el secuestro del vehículo, sin embargo un año después ese concepto fue revisado, con algunas condiciones.

Se modificó el Art. 7° que plantea algunos aspectos ligados con el método a implemenar.

En ese sentido plantea que, labradas las actuaciones, la autoridad de aplicación procederá a prohibirle la conducción, reteniendo el vehículo. El afectado deberá permanecer bajo vigilancia por el tiempo necesario para su recuperación, el que no podrá exceder del plazo de doce horas, para cuyo efecto podrá ser conducido a la unidad policial más cercana, a menos que se allane a inmovilizar el vehículo o señale a otra persona que bajo su responsabilidad se haga cargo de la conducción.

La persona designada deberá presentarse en el lugar donde se encuentre retenido el vehículo en un plazo no mayor de treinta minutos desde la requisitoria formulada por el conductor afectado.

De igual forma, la persona que se haga cargo de la conducción deberá previamente someterse a una única prueba respiratoria de detección alcohólica y cumplir con los demás recaudos legales para la conducción del vehículo. En caso de resultar positiva la prueba respiratoria al conductor designado, la autoridad de aplicación mantendrá la retención del vehículo.