En la última sesión de la Cámara de Diputados de Chubut ingresó el proyecto de ley con las actualizaciones al Código Contravencional de Chubut.

La propuesta fue introducida por la  presidenta del bloque del Frente de Agrupaciones, Florencia Papaini y fue girado a las comisiones de asuntos constitucionales, presupuesto y hacienda.

La autora, explicó que las modificaciones se efectuaron reconociendo lo positivo del Código vigente y recepcionando las nuevas necesidades.

En el proyecto de ley, donde también participaron sus pares de bloque Leandro Espinosa y Javier Cunha, así como los legisladores de Cambiemos, Manuel Pagliaroni y de Chubut Somos Todos, Adrián López, se actualizan las contravenciones cometidas por menores de edad, con la adición de la responsabilidad civil por parte de los padres o las personas que se encuentren a cargo del mismo.

Herramientas para combatir la inseguridad

"Este proyecto de ley busca modernizar una herramienta necesaria en una problemática que nos preocupa a todos como es la inseguridad", dijo la diputada, al aclarar: "queda un mes de trabajo intenso con todos los jueces paz para que puedan aportar ideas o proponer modificaciones".

Papaiani explicó que se desarrolló la figura de las contravenciones efectuadas por personas jurídicas, sobre las cuales cuando la infracción se cometa en nombre, al amparo o en beneficio de ellas, se le aplicarán las penas establecidas en el proyecto que les correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad de los humanos intervinientes.

En la iniciativa, en la que trabajaron también diputados de Cambiemos y de Chubut Somos Todos, además se prevén algunas sanciones y agravantes para los casos que se cometan delitos a través de redes sociales.

Precisiones sobre casos de violencia de género

Con relación a la violencia de género se incorpora la figura del "Hostigamiento, maltrato e intimidación" cuando se intimide, hostigue o maltrate física, psíquica o económicamente aplicándose un agravante cuando el autor o instigador sea la persona sostén de familia; la víctima sea persona menor de 18 años de edad, mayor de 70 o con necesidades especiales; se cometa por razones de género o el hecho se produjere con el concurso de dos o más personas.

También se tuvo en cuenta las solicitudes generadas por personal de centros educativos, de salud y fuerzas de seguridad, incorporando la figura del "agravio" a las mismas en el ejercicio de sus funciones, mediante la cual será sancionado el que en público profiriere gritos, insultos o realizare señas o ademanes capaces de turbar, intimidar, menoscabar psicológicamente o inferir agravio a la investidura, condición sexual, buen nombre u honor del personal docente o no docente, médicos o integrantes de los equipos de salud, o miembros de fuerzas de seguridad.

Un aparte para pirotecnia y quema de cubiertas

Una especial regulación requirió la utilización de la pirotecnia en los artículos 167 y 168 del proyecto el cual sigue las ideas plasmadas en el proyecto de la diputada Estela Hernández al establecer la sanción a quienes en todo el territorio de la provincia del Chubut ejerzan la tenencia, guarda, acopio, depósito, venta o cualquier otra modalidad de comercialización mayorista o minorista, y el uso particular o privado de elementos de pirotecnia y cohetería; con la excepción de los artículos previstos en el Artículo 168.

Se incorporan unas figuras infraccionales como la prohibición de quema de cubiertas en la vía pública o a un sitio común en el marco de protestas o reclamos hacia autoridades públicas o privadas.

También se incorpora la figura del faenamiento y transporte ilegal de animales, sancionando a quienes faenen, faciliten muebles o inmuebles o de cualquier manera colaboren a esos fines, o transporten animales faenados o sus distintas partes con ánimo de lucro, sin la autorización legal y el control sanitario correspondiente; debiendo informarse en caso de condena a la Unidad de Análisis Criminal dependiente de la Procuración General de la Provincia.