Los topes de facturación de cada categoría de la tabla del monotributo, y también los importes a pagar cada mes por los contribuyentes, se incrementarán en enero próximo un 52,67% en relación con los valores que hoy están vigentes.

Desde 2018, las variables del régimen del monotributo se ajustan cada mes de enero según el incremento acumulado por las jubilaciones del sistema general de la Anses en el año previo. En 2021, el índice de movilidad fue de 8,07% en marzo, 12,39% en junio y 12,12% en septiembre, y será de 12,11% en diciembre. Entonces, el nivel de suba que se les debería aplicar a los valores de facturación admitida en cada categoría es de 52,67%. Y en igual porcentaje aumentan los importes correspondientes al componente impositivo y a los aportes al sistema previsional y a la obra social que rigen en el sistema.

Según las facturaciones admitidas en las categorías más altas de la tabla, para estar en el monotributo hoy por hoy se puede facturar anualmente hasta $2,6 millones en el caso de prestación de servicios y hasta $3,7 millones si el contribuyente se dedica a la venta de cosas muebles. Esos valores surgen de una actualización excepcional que aprobó en julio el Congreso, cuando diputados y senadores volvieron sobre sus pasos y anularon con una ley parte de lo establecido por otra, que había sido votada meses antes. Esa normativa previa había habilitado al Estado a cobrarles a los monotributistas una deuda, generada por un aumento de las cuotas con efectos retroactivos.

Los topes de ingresos del régimen simplificado que rigieron durante el primer semestre, derivados de actualizar las cifras de 2020 en función de la suba que había tenido el haber jubilatorio mínimo, fueron de $2.353.705,82 (servicios) y $3.530.558,74 (comercio).

Nuevos valores

Entonces, al aplicarse para 2022 un alza de 52,67% sobre la tabla hoy vigente, es posible estimar que las facturaciones máximas para estar en el régimen llegarán a $3.969.420 (actividades de servicios) y $5.648.790 (monotributistas dedicados al comercio). Tener ingresos superiores obligará a los contribuyentes a dejar el sistema del monotributo para pasar al régimen general.

En la categoría A, la más baja, se podrá tener ingresos de hasta $564.879, mientras que en la B el tope será de $839.685 anuales.

En tanto, los valores de lo que se paga mensualmente, sumando el componente impositivo y los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio, se ubican desde julio en un rango que va de $2646,22 (categoría A, cualquiera sea la actividad) a $19.912,74 (categoría K, solo admitida para comercio). Y el año próximo pasarán a ubicarse, con el reajuste, en cifras de entre $4040 y $30.401, aproximadamente.

Las fuentes de la AFIP recordaron, sin embargo, que el organismo impulsa la aprobación de un proyecto de ley que busca liberar a quienes estén en las categorías A, B y C del pago de la parte impositiva de la cuota mensual, que hoy en el escalón más bajo es de $228,63. Por ahora, esa iniciativa, que fue anunciada en octubre pasado, no tiene fecha prevista para ser considerada por el Poder Legislativo.

Con respecto a los aportes, en la primera mitad de este año rigieron los mismos montos que en 2020, por la ya mencionada ley que anuló, ante múltiples y fuertes protestas, el reajuste retroactivo de los valores que se había dispuesto. En rigor, la actualización (que sí se hizo efectiva desde julio) debió haberse aplicado a principios de año, pero el proyecto de ley para establecer qué índice se usaría para el aumento -ante la falta de movilidad jubilatoria por fórmula-, fue enviado al Congreso el 31 de diciembre de 2020, aprobado por los legisladores en abril de este año y reglamentado solo dos meses después.