En un trámite exprés, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en Ley este sábado el proyecto que declara zona de desastre y de emergencia ambiental, económica, social y productiva al departamento de Cushamen, en Chubut, y a El Bolsón, Río Negro, debido a los incendios forestales de los últimos meses.

La iniciativa, que había sido avalada en el Senado este mismo jueves, fue incorporada al temario de Diputados sobre tablas y finalmente recibió aprobación unánime.

El proyecto fue impulsado por el senador oficialista Alfredo Luenzo y acompañado por sus pares de Chubut y Río Negro, y declara la emergencia por el término de 180 días prorrogables por el Poder Ejecutivo.

Paralelamente, los y solicitaron tratar sobre tablas otros proyectos sobre asignación de aportes del Tesoro Nacional y pedidos de informes, pero en esos casos el Frente de Todos no acompañó.

"Los argentinos perdimos miles de hectáreas de bosques nativos, pero lo más importante es que hay más de 300 familias que perdieron absolutamente todo", lamentó el diputado Ignacio Torres (Pro).

A su vez, el diputado Gustavo Menna (UCR) contó que recorrió la zona junto a su par de bloque Brenda Austin, y se notificaron de que "las autoridades municipales de Lago Puelo tenían relevadas 421 viviendas totalmente destruidas, arrasadas por el fuego, y más de 20 en El Hoyo".

Por su parte, Austin destacó que la declaración de emergencia "busca medidas concretas de asistencia, tanto en la ampliación de los fondos para la cobertura de planes sociales; la asistencia financiera especial a través de la banca pública y privada; y aportes no reintegrables tanto para viviendas como para actividades productivas".

Qué implica la Ley

La Ley niciativa sancionada faculta al Poder Ejecutivo a brindar asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas a través del otorgamiento de créditos con tasas de interés bonificadas en un 25% en las zonas declaradas en emergencia económica y social, y en un 50% en las zonas de desastre "sobre las vigentes en plaza".

También se dispone la unificación de las deudas que mantengan las explotaciones afectadas con cada institución bancaria interviniente; y la suspensión temporaria de "juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre".

Otra de las medidas enumeradas en la Ley es la asistencia técnica y financiera a través de "aportes no reembolsables para gastos de reparación de viviendas y de inversión y operación para recomponer la capacidad productiva".

Se faculta también a la AFIP y a la ANSES a instrumentar regímenes especiales de pago y medidas impositivas especiales, como la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las explotaciones afectadas; y la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados.