Carlos Richeri, Fiscal General y titular del Equipo Fiscal de Género del Ministerio Público Fiscal de Esquel, envió una instrucción al Jefe de la Unidad Regional Esquel de Policía, con el objetivo de que se le informen los casos de Violencia de Género en flagrancia, en los que se ordenó, por parte de otro fiscal, la libertad del agresor.

Según esta instrucción, el objetivo del Equipo Fiscal de Género de Esquel es que en casos en que el individuo es sorprendido agrediendo sea detenido y sometido a un juicio rápido, para así también preservar a la víctima de Violencia de Género.

A través de una nota dirigida al Jefe de la Unidad Regional Esquel de Policía, Crio. Mayor Miguel González, el Fiscal Carlos Richeri le solicitó disponer los medios a su alcance para que desde cada comisaría se informe los casos donde se detuvo a una persona en flagrante delito en contexto de género y otro fiscal haya dispuesto la libertad sin audiencia de control de detención.

"Estoy convencido que en los delitos flagrantes que se dan en un contexto de violencia de género son una oportunidad para brindar una respuesta rápida y contundente, y especialmente en el caso de la desobediencia, por cuanto el agresor violenta una medida de protección a la víctima que debe tener una urgente repuesta procesal y punitiva", expresa en su solicitud.

Richeri señala que tomó conocimiento de casos en los que el personal policial detiene en flagrante delito en contexto de violencia de género pero el funcionario del Ministerio Público Fiscal manifiesta no interesarle la detención y tan solo dispone que se lo impute sin realizar una audiencia de control de detención.

Es por ello que solicitó que, ante cada caso donde personal policial de la Unidad Regional Esquel, detiene a una persona en delito flagrante en contexto de violencia de género y luego de pasar la novedad al fiscal de guardia este le señala que no le interesa la detención y lo deje en libertad, obligatoriamente le informe el caso.

El informe debe constar de:

    una mínima descripción, pero suficiente, de las condiciones y motivos de la detención, circunstanciadas en tiempo, modo y lugar; nombre del personal policial actuante; datos del detenido; datos del funcionario policial que comunicó la novedad, con fecha, hora y medio de comunicación; nombre del Funcionario del MPF que la recibió; y las instrucciones del caso, especialmente los motivos y fundamentos que el fiscal de guardia manifestó al funcionario policial para disponer la libertad del detenido.

    El Fiscal Richeri aclaró que el informe no debe reemplazar ningún informe o actuación, por ello deben realizarse el preventivo digital y las actuaciones de forma. "Tampoco pretende que el personal policial desconozca instrucción alguna del Fiscal de guardia, quien conserva todas sus facultades para disponer la libertad y sigue siendo el director de la investigación", expresó.

    Finalmente, solicitó al Jefe de la Unidad Regional Esquel de Policía, que instruya a sus oficiales a cargo, "para que en cada oportunidad en que el fiscal de guardia disponga la libertad sin audiencia de control de detención de una persona detenida por el flagrante delito en contexto de violencia de género practique sin excepción el informe señalado".