Se llevó adelante la audiencia preliminar por dos hechos que irán a juicio con tribunal mixto y tienen por imputada a una mujer policía, entonces responsable de la Comisaría de la Mujer de José de San Martín. 

La fiscal María Bottini y el procurador Carlos Caballo, calificaron las conductas como constitutivas de detención ilegal, allanamiento ilegal en concurso ideal con abuso de autoridad, en concurso ideal con falsificación de documento público en calidad de autora

Fue admitida la acusación de la Fiscalía, se rechazó el pedido de sobreseimiento del defensor y también fue rechazada por el juez Jorge Criado, la prueba testimonial que pretendía llevar la defensa a juicio por tratarse de testigos que conocían el caso por rumores del pueblo.

El procedimiento continúa con la designación de los jueces técnicos del debate y los acuerdos probatorios. El tribunal se integrará con tres jueces técnicos y dos vocales legos que surgirán del padrón de potenciales jurados populares.

La ex jefa de una Comisaría de la Mujer en una localidad cordillerana va a juicio por una detención ilegal

Los hechos

El primer hecho ocurrió en de José de San Martin, el día 13 de Marzo de 2023, a las 19.05hs. aproximadamente, en el domicilio de un hombre que iba a ser notificado de una exclusión del hogar y prohibición de acercamiento dictada por el Juez de Paz. 

Con esa finalidad llegó al lugar el móvil RI–1116, con dos empleados policiales y la titular de la comisaría de la mujer de la localidad. 

En este contexto, la policía, en ejercicio de sus funciones, procedió de acuerdo a la acusación “en claro abuso de sus atribuciones, sobrepasando el límite para lo que estaba autorizada, a ingresar a la vivienda del denunciante, manifestando que lo hace “por orden del juez de paz””. 

El notificado le permitió ingresar y una vez adentro, la oficial habría hecho que la víctima se ponga de pie y lo detuvo por “desobediencia, lesiones, atentado y resistencia a la autoridad”, colocándole las esposas. 

La Fiscalía sostiene que luego de esto procedió a su detención, sin mediar ninguna de las situaciones contempladas en el Art. 217 del CPP, como así tampoco orden de Juez Competente que habilitara dicho proceder. Lo trasladó a la Comisaría Dtto. José de San Martin, permaneciendo detenido hasta la realización de la audiencia de control de detención el 14/03/2023.

Segundo hecho

El día de la audiencia de control, a las 8.57hs. aproximadamente, la titular de Comisaria de la Mujer de la localidad de José de San Martin, confeccionó un acta por la detención realizada el día anterior, y, la suscribió, insertando declaraciones como: “comienza a exigir que nos fuéramos del lugar ya que él no se notificaría de nada, a lo cual se le solicita que se tranquilice…, responde de manera negativa refiriendo que no firmaría ningún papel, y que no se iría, ya que esa era su casa…., yo no me voy a ir de acá y por su bien le recomiendo que se vayan o van a tener problemas… nuevamente le doy la orden que se retirara del lugar, haciendo caso omiso a la directiva impartida, para luego tomarme por sorpresa de ambos brazos (a la altura de las axilas) y con fuerza tirarme hacia atrás. esto provoco que golpeara con mi cuerpo con la pared (sin revoque fino) logrando apoyarme con los codos para no perder el equilibrio, ante esta agresión, procedo de forma inmediata a la aprehensión, resistiéndose a la misma, llevando sus manos hacia arriba para evitar que se le colocaran las esposas de seguridad, luego se aferró a una silla por lo que utilizando la fuerza mínima se procedió a su demora (sic)…”.

Bottini sostuvo que todo esto, que es un extracto de la extensa acta, no se condice, con lo realmente ocurrido de acuerdo a lo que comprobó el MPF. 

Añadió la fiscal, que como resultado de este comportamiento, hizo incurrir en un error a un funcionario judicial, y, se procedió a detener de forma ilegal al damnificado de estos hechos. 

Luego, para dar legalidad a dicho acto, la imputada habría dado la orden de suscribir el acta, por los dos empleados policiales que la acompañaban. Ante “la falta de exactitud en lo allí insertado y considerando que era una orden ilegal, se negaron”, indicó Bottini.

Los hechos fueron calificados como constitutivos de detención ilegal, allanamiento ilegal en concurso ideal con abuso de autoridad, en concurso ideal con falsificación de documento público en calidad de autora.