El cuestionamiento que afronta Iturrioz se basa en el artículo 248 de la Constitución Provincial, que establece fueros que brindan inmunidad de arrestro a los funcionarios públicos en ejercicio del cargo, a excepción de que sean encontrados en plena comisión de un delito. La detención se produjo el 6 de septiembre de 2018 y el ex ministro fue liberado al día siguiente.

El consejero Luis Torrijos tuvo a su cargo la elaboración del sumario, en el que evaluó la conducta tanto de Iturrioz como del fiscal Marcos Nápoli y del juez Sergio Piñeda. En su dictamen, propuso enviar a jury a los fiscales, sugiriendo una sanción administrativa para el magistrado. 

Durante el debate, el consejero que representa al Superior Tribunal de Justicia, Alejandro Panizzi, opinó que el error cometido por los fiscales no era motivo de sanción, ya que la responsabilidad para velar por las garantías del proceso (entre las que se cuentan los fueros constitucionales del funcionario público que fuera detenido) era el juez y no los fiscales. Por lo tanto, planteó la contradicción entre proponer la sanción más leve al magistrado y el jury a los fiscales. Esa posición fue coincidente con la de los consejeros Rafael Lucelli. Claudio Mosqueira, Montenovo, Carmelino y Oscar Mazari, pero Torrijos contó con el apoyo de Aristarain, García, Del Mármol, Maglione, Jacobsen y Arostegui.