Un tribunal revisor de Esquel confirmó la decisión judicial que ordena la prisión preventiva de Fabio Ávalos, quien fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento efectivo por diversos delitos vinculados a violencia de género, desobediencia y agresión a un funcionario policial.

La resolución fue adoptada este martes, luego de que la fiscal María Botini solicitara la aplicación de la medida de coerción. Durante la audiencia, Botini argumentó que Ávalos ya contaba con una sentencia firme por desobediencia y había tenido una conducta incumplidora reiterada durante los procesos judiciales en su contra.

Inicialmente, la medida fue dispuesta por el juez Ricardo Rolón, pero la defensa del imputado apeló y pidió la revisión del fallo. Finalmente, los jueces Martín O’Connor y Carlos Richieri ratificaron la decisión de mantener al acusado detenido mientras se cumple la condena.

Confirmaron la prisión preventiva para un hombre condenado por agredir a su expareja

El caso

La investigación estuvo a cargo de la fiscal jefe María Botini y la procuradora Cecilia Bagnato, quienes llevaron a juicio una causa por violencia de género en el marco de una relación de pareja que duró aproximadamente tres años. Según la acusación, Ávalos ejerció violencia psicológica, económica y física, y varios de esos hechos fueron denunciados y judicializados.

El primer episodio ocurrió el 6 de abril de 2024, cuando el acusado agredió físicamente a su expareja. Al día siguiente, regresó al domicilio, rompió la puerta e ingresó, incumpliendo luego una orden judicial de prohibición de acercamiento. El 28 de abril, volvió a acercarse a la víctima, la tomó por los brazos y fue aprehendido.

Ya detenido en la comisaría, agredió a un cabo de policía, quien intentaba trasladarlo. Según consta en la causa, le provocó un corte en la mano izquierda, además de insultarlo y amenazarlo de muerte.

En los alegatos, la fiscalía recordó que aunque las penas menores a tres años pueden ser en principio de ejecución condicional, Ávalos no podía acceder a ese beneficio porque ya había recibido una condena en suspenso con anterioridad. Por eso, la actual sentencia deberá cumplirla en un establecimiento carcelario.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut