Este lunes finalizó la primera jornada de debate en relación a una causa por los delitos de desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario que tiene como imputados a Martín Buzzi y Néstor Di Pierro.

Se trata de un largo litigio vinculado con la Municipalidad de Comodoro Rivadavia que fue  iniciado hace casi dos décadas por Idalio Dos Santos Pires. Le  ganó un juicio al municipio por la propiedad de un lote fiscal. Sin embargo, esa tierra no le fue entregada. De allí el origen de la denuncia penal por presunto "incumplimiento de los deberes de funcionario público" y "desobediencia judicial".

El fiscal precisó que "recién en el año 2000 la Cámara terminó la discusión en el ámbito local; le indicó devolver el terreno a Dos Santos Pires y en 2007 el Superior puso coto definitivo a la discusión y le dijo a la municipalidad que tenía que entregarle ya el terreno" al adjudicatario. "Se notificó al Dr Buzzi que aparentó que iba a cumplir y terminó su gestión sin dar cumplimiento a la manda judicial. Luego empezó el periodo de Di Pierro, quien tenía partidas importantes para terminar con este conflicto, pero se siguió dilatando la cuestión hasta que terminó el mandato sin entregarse el terreno a Dos Santos Pires" expresó el Fiscal Iturrioz en contacto con ADNsur.

En la jornada de este lunes, el fiscal expuso su teoría del caso y manifestó que el 14 de diciembre del año 2007 la Sala en lo Civil del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, dictó Sentencia Definitiva en relación a los autos caratulados: "Dos Santos Pires, Idalio c/ Municipalidad de Comodoro Rivadavia s/ Ejecución de Sentencia" mediante la cual puso fin a un largo litigio existente entre el allí actor Idalio Dos Santos Pires y la Comuna local en relación al fundo urbano de Comodoro Rivadavia.

El funcionario expresó que no hubo ninguna acción positiva para dar cumplimiento a la Sentencia del Superior Tribunal, ni a la Resolución N°: 1108/08 no obstante estar esta última en plena vigencia; negándose a ejecutar dichos mandatos legales, tanto Buzzi, ni el sucesor de este el intendente, Néstor José Di Pierro, siendo que este último contó con partidas presupuestarias para hacer frente a la obligación en mora durante los ejercicios 2.012 (Ordenanza N°: 10.303/11 Anexo IX $ 4.400.000), 2.013 ($ 2.500.000) y 2.014 (1.500.000); inejecución que ha irrogado ya ingentes perjuicios al erario Municipal, por los que deberán responder en el fuero respectivo, calificando legalmente los mismos como "desobediencia judicial en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público" en calidad de autores para Buzzi y Di Pierro.