El gobierno nacional publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia que establece la quita total para aquellos hogares de mayores ingresos. Esto determina en principio que con la segmentación propuesta una de cada diez familias pasará a pagar tarifa plena.

El Gobierno Nacional hizo una clasificación dividida en tres niveles:

-Uno que pagará la tarifa plena, sin subsidios

-Una con tarifa social

-Una intermedia. La soba no podrá ser mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial.

Quiénes pagarán sin subsidios

Solo el 10% de usuarios con mayor capacidad económica pagará la tarifa plena sin subsidios. Son aquellos que reúnan al menos uno de los siguientes requisitos:

-Ingresos mensuales netos superiores a 333 mil pesos

-Ser titular de tres o más autos con antigüedad menor a cinco años

-Ser titular de tres o más inmuebles

-Ser titular de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo y/o de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Pero el acceso al subsidio será solo para quienes se inscriban en el registro creado a tal efecto.

¿Qué es el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía?

El RASE funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía que dependen del Ministerio de Economía.

En este Registro deberán inscribirse los usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por redes que soliciten el subsidio del Estado, sean o no titulares de los mismos.

Aquí estará el padrón de beneficiarios del régimen de subsidios sobre la base de las declaraciones juradas presentadas por los usuarios  del servicio.

La Subsecretaría de Planeamiento Energético podrá requerir, periódicamente, cruces de información para verificar la veracidad de las declaraciones juradas correspondientes, de acuerdo con la autorización brindada por cada solicitante.

Tarifas de luz y gas: cómo anotarse para no perder los subsidios del Estado

¿Qué pasa con los beneficiarios de planes sociales nacionales?

El DNU 332/2022 especifica que, los beneficiarios de programas sociales como AUH, AUE, AUD, PROGRESAR, POTENCIAR TRABAJO, entre otros similares, podrán ser incluidos en este padrón en el "Nivel 2 de Menores Ingresos".

¿Cómo presentar la declaración jurada para sumarse el padrón y acceder a los subsidios?

La declaración jurada a presentar estará disponible en formato digital, para asegurar su despliegue seguro, ágil y gratuito en todo el país.

Las prestadoras del servicio público correspondiente y la ANSES, a través de sus oficinas, deberán realizar la atención presencial facilitando la carga digital para los que no tienen acceso a esa tecnología.

El padrón de beneficiarios del régimen de subsidios será informado para su implementación al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), al Ente Nacional regulador del gas (ENARGAS) y otros entes reguladores, autoridades provinciales y/o a las empresas prestadoras de los servicios públicos de distribución.

La Autoridad de Aplicación podrá requerir la información y/o documentación que estime necesaria para avanzar con la segmentación a las distintas dependencias y organismos del Sector Público Nacional, los que deberán responder en los plazos y modos que la Autoridad de Aplicación establezca y según se defina en los acuerdos a celebrar con las distintas jurisdicciones.

Además, en su artículo 8 el DNU explica que los usuarios podrán solicitar el cambio de categorización o reclamar por su categorización en el régimen de segmentación, de una manera ágil, expedita y gratuita. "Los organismos públicos y/o privados que presten directamente los respectivos servicios públicos tendrán la función de recibir los reclamos de los usuarios y las usuarias referentes a su categorización en el servicio público que presten, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Autoridad de Aplicación", según explica el texto oficial. 

Fuente: Decreto Nacional, Perfil.com