El Ejecutivo municipal envió al Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza con el objetivo de promover un plan de regularización de deudas.

Según explicó el secretario de Coordinación de Gestión y Finanzas, contador Matías Taccetta, el proyecto tiene el objetivo de regularizar deudas de los contribuyentes de la institución municipal, y para ello propone adecuar los planes actuales a fin de recuperar el crédito municipal.

Además, este documento aclara que los montos que surjan de la recaudación fiscal y que superen la pauta presupuestaria de recupero serán aplicados prioritariamente a obras de pavimento y mejoramiento vial.

Este régimen de regularización de deuda deberá ser tratado en Sesión Especial por parte de los concejales, y de aprobarse se propone que hasta el 31 de Marzo de 2021 se extienda el plazo para que los contribuyentes se acerquen para formalizar formas de pago de vencimientos que hayan operado hasta el 31 de Diciembre de 2020.

Aplican condonaciones sobre los recargos e intereses

Este proyecto también tiene previstas condonaciones de recargos, intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en la legislación tributaria, que no hayan ingresado hasta el momento de la suscripción del presente régimen, según la cantidad de cuotas por las que opte el contribuyente. Por ejemplo, en el caso de Pago Íntegro de la deuda tiene una condonación del 80% de los recargos o intereses. Mientras que si el contribuyente elige entre 2 y 12 cuotas la condonación por éstos concepto alcanza el 70%. Otras opciones de pago son entre 13 y 24 cuotas, donde la condonación de intereses y recargos es del 60%, en tanto que si la opción es entre 25 y 36 cuotas la condonación sobre estos conceptos es del 50%.

¿Cómo se implementará el plan de pago?

En el marco de este proyecto también se contemplan formas de pago, que pueden ser mediante Tarjeta de Débito en cuenta corriente o a través de Tarjeta de Crédito.

Quedan excluidas del presente régimen:

a) las deudas respecto a las cuales se haya formulado denuncia penal.

b) las deudas por retenciones o percepciones practicadas;

c) las deudas incluídas en planes de pago vigentes al 31 de Diciembre de 2020, que no se encuentren caducos;

d) las deudas por multas por omisión o defraudación de impuestos.

Con el fin de adecuar los regímenes de regularización tributaria vigentes a las actuales condiciones socio-económicas;La cantidad de deuda exigible que tienen algunos de los contribuyentes de este Municipio; y debe establecerse un procedimiento inmediato, simple, ágil y efectivo. Para recuperar el crédito municipal Afrontar sus obligaciones atrasadas.