En la decimocuarta sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Esquel se aprobó la ordenanza que da lugar a la creación de la Libreta Sanitaria Temporaria, destinada a los ciudadanos que manipulen o estén en contacto con alimentos cualquiera fuera su índole de categoría a efecto de su admisión y permanencia en las fábricas, comercios, distribuidoras, restaurantes, bares, confiterías, cocinas comunitarias, comedores, etc.

La libreta deberá ser expedida por la autoridad local competente que tendrá una validez de seis meses y solo será destinada a los empleados que estén incluidos en los planes de inserción laboral, pasantías y empleados que realicen trabajos en comedores comunitarios, cocinas comunitarias, etc.

Para la obtención de la Libreta Sanitaria se deben cumplir requisitos tales como nota emitida por el establecimiento donde se desempeñará el empleado, solicitando la Libreta Sanitaria Temporaria por la condición del ciudadano; certificado de Buena Salud, que deberá estar firmado y sellado por un médico matriculado y  certificado del curso de higiene y manipulación de alimentos que está a cargo del área de bromatología del municipio. Este último a los efectos que el ciudadano tenga los conocimientos mínimos de las medidas de higiene sanitaria básica para la manipulación correcta de alimentos, criterio y concientización del riesgo involucrado en el manejo de las materias primas, aditivos, ingredientes, envases, utensilios y equipo mediante el proceso de elaboración.