La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó este viernes (22/10) tres resoluciones en el Boletín Oficial por las cuales prohibió el consumo, la distribución y la comercialización en todo el país de un medicamento, un aceite de girasol y una miel.

La miel que la Anmat declaró "ilegal".

Por último, la Anmat concluyó que tomó la decisión de prohibir el medicamento "toda vez que se desconoce el efectivo origen de un producto, no es posible determinar, si las unidades fueron elaboradas en las condiciones que indica la ley y cuál es la verdadera composición".

También advirtió que "se desconoce si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para el consumo humano y cuáles son sus efectos reales".

"No puede asegurarse su calidad, seguridad y eficacia, y por el contrario deviene en un producto que reviste riesgo para la salud", finalizó.

Miel sin agrotóxico pero en falta

En la Disposición 7847/2021 publicada también este viernes, la Anmat prohibió la "Miel 100% Orgánica - Sin Agrotóxico, marca Estancia Renata, RNPA N° 14007069 - RNE N° 14000245, Procedencia Lincoln - Provincia de Buenos Aires".

Según la Administración, esta marca de miel debía retirarse del mercado "por carecer de registros sanitarios, por consignar un registro de establecimiento inexistente y brindar información no certificada" y por lo tanto era ilegal.

El medicamento prohibido

Por la Disposición 7845/2021, Anmat prohibió el uso, distribución y comercialización del producto "COVRelief™ NRICM 101, Made in TAIWAN. Chuang Song Zong Pharmaceutical Co., LTD" hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales.

El organismo argumentó en la resolución que en el producto "no consta registro de habilitación de la firma Chuang Song Zong Pharmaceutical Co., LTD,en los rubros de medicamentos, productos médicos y productos cosméticos, ni con relación al producto de nombre comercial COVRelief, en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), de esta Administración Nacional, al día de la fecha". Además, informó que "no detalla responsable de importación ni reúne los datos mínimos para ser un medicamento autorizado en la República Argentina".

Girasol Bonanza, no tan bueno

Por otro lado, la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol de la marca Bonanza (RNPA N° 02-504972, Elaborado por RNE N° 02-032427) "por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE que se encuentra vencido y de RNPA perteneciente a otro producto". Por estos motivos, y tal como dispuso en la Disposición 7846/2021, determinó que también se trata de "un producto ilegal".

El caso se inició a raíz de una denuncia realizada ante el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos.

Además, el organismo informó que el rotulado se encontraba vencido desde mayo pasado, sin inicio de trámite de renovación, e incluso el rotulado correspondía a otro producto, a su vez informó que en su base de datos no cuentan con ningún aceite de la marca "Bonanza".