El Juez Penal Técnico Gustavo Daniel Castro emitió el fallo condenatorio en el marco del juicio oral y público llevado adelante por las Fiscales Andrea Vázquez y Rita Barrionuevo, en contra del médico cirujano Manuel Flores Delgado, de Sarmiento, acusado por la Fiscalía como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal

En tanto, el pasado jueves 21 de septiembre, el jurado popular que intervino en las audiencias de debate dictó el veredicto de culpabilidad por abuso sexual simple.

En el primer punto del veredicto, el magistrado resolvió no hacer lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba solicitado por la Defensa Pública en favor del condenado.  En consecuencia, resolvió condenar a Manuel Ángel Flores Delgado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple en calidad de autor y en el contexto de la Ley de Protección Integral de la mujer, a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, por los hechos ocurridos en la ciudad de Sarmiento el día 13 de octubre del año 2021 en perjuicio de Yamila Garcés.

Asimismo, la resolución judicial dispone que, durante el período de cumplimiento de la pena, el condenado debe fijar domicilio y presentarse cada seis meses ante la Oficina de Supervisión de la Jurisdicción. Asimismo, le impusieron la realización de un tratamiento psicológico, previo dictamen del Cuerpo Médico Forense que determine su necesidad y eficacia.

Por otra parte, se dictó una orden de prohibición de todo acercamiento y contacto por cualquier medio con la víctima. Finalmente, Flores Delgado, debe realizar un Taller de Visibilizarían y Reflexión sobre Violencia de Género. Esta actividad es dependiente de la Oficina de la Mujer y Violencia de Género del Poder Judicial de la Provincia del Chubut

Pedidos de las partes

Luego de los cinco días hábiles dispuestos por el Juez técnico del primer Juicio por Jurados realizado en Sarmiento, se dio a conocer el fallo judicial.

En este contexto, se debe recordar que, durante la audiencia de debate de la pena, la Fiscalía pidió la imposición de una pena de tres años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua para el ejercicio de la profesión, entre una serie de medidas.

Asimismo, al momento de hacer su pedido de pena, la Defensa sorprendió planteando requiriendo la Suspensión de Juicio a Prueba. Este instituto que es aplicable a los delitos que prevén pena de ejecución condicional, establece reglas a ser cumplidas por el plazo de la suspensión y en caso de incumplirse continúa el proceso hasta llegar a la instancia de juicio. Solo que en este caso, esa instancia concluyó el día anterior con el veredicto de un jurado popular.

En esa ocasión, la fiscal Rita Barrionuevo abrió el debate por la pena indicando que la escala penal disponible para el abuso sexual simple va de los 6 meses a 4 años de prisión. En un análisis de las condiciones del caso, solicitó que se imponga tres años de prisión de ejecución condicional. Para fundamentarlo habló de la relación asimétrica de poder, de la condición de género, de la calidad de médico del autor que se valió de su profesión para realizar la conducta de abuso sexual. Se refirió a la particular vulnerabilidad de la víctima por encontrarse dolorida y habérsele diagnosticado que tenía un quiste. Barrionuevo se refirió a la extensión del daño psicológico causado, a la autodeterminación del imputado, resaltando sus condiciones personales: es una persona instruida, padre de familia, mayor de edad.

Como reglas de conducta la acusadora requirió que Manuel Ángel Flores Delgado, fije residencia, informe cualquier cambio de domicilio, que se presente ante el patronato de presos y liberados, se mantenga la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima por el plazo de la condena. Que se diagnostique la necesidad de un tratamiento psicoterapéutico y en caso de ser preciso se lleve a cabo. Finalmente pidió que se imponga la pena de inhabilitación perpetua para ejercer la medicina porque cometió el hecho en el ejercicio de su profesión.

Por su parte, los representantes del Ministerio de la Defensa Pública, luego de hacer el planteo, para el caso de ser rechazado, se refirió a la pena a imponer. Los defensores pidieron al juez que la pena que aplique no sea superior a diez meses de prisión de ejecución condicional.

Con respecto al pedido del Ministerio Público Fiscal de inhabilitación perpetua para ejercer la profesión, el Juez Castro, consideró que le asiste razón a la Defensa Pública en cuanto a que esa sanción debió formar parte de la pieza de acusación pública. En consecuencia, no hizo lugar al pedido de la fiscalía.

El caso

El hecho investigado ocurrió el 13 de octubre de 2021. En esa ocasión, la víctima se sentía muy dolorida, le envió un mensaje al médico cirujano Manuel Flores, a quién conocía porque había trabajado en su clínica entre 2009 y 2011 y este la citó en su consultorio a las 16 hs.

El consultorio estaba cerrado, al llegar el médico abrió e ingresaron los dos. La práctica médica consistió en una ecografía. En ese contexto el profesional, aprovechando la situación de asimetría médico-paciente y la vulnerabilidad de la mujer que estaba conmocionada por el diagnóstico de la presencia de un quiste, abusó de ella. La víctima logró empujarlo, zafarse de la situación e irse del lugar. Llegó a su casa, se bañó y al llegar su marido le contó lo sucedido.

Por distintas circunstancias no presentó en ese momento la denuncia. Lo hizo meses después cuando se cruzó en la calle con el imputado, este la saludó como si nada hubiera sucedido, cada uno subió a su vehículo y en un semáforo cuando estaban detenido uno al lado del otro, sintiéndose intimidada, ella le anunció que lo iba a denunciar. Fue luego de esto que se dirigió a la Comisaría de la Mujer y formuló la denuncia.