En la próxima sesión del Concejo Deliberante se tratará la adhesión del Municipio de Esquel a dos normativas provinciales que implican el registro de los progenitores que incumplan con la cuota alimentaria, en el caso de la Ley del Registro de Alimentantes Morosos, o que impidan vínculos de los hijos con otros parientes en el caso de la Ley de Obstructores de Vínculos Familiares.

Los proyectos de ordenanza tendrían el aval del legislativo para ser aprobados y figuran entre los despachos de la próxima sesión.

Sobre la Ley de Obstructores de Vínculos Familiares, la norma determina que aquél progenitor que tiene al cuidado a sus hijos y que tenga un régimen de visitas pero impida el vínculo con abuelos, padres u otros parientes con los que establecieron vínculo afectivo, ingrese al Registro de Obstructores creado por la norma provincial.

En el caso del Registro de Alimentantes Morosos, cabe aclarar que si bien la normativa ya existe, pero fue modificada para ampliar las inhibiciones que implica ser parte del listado, por lo que el  Concejo Deliberante deberá tratar nuevamente el proyecto. El mismo considera moroso al que adeude total o parcialmente dos cuotas consecutivas o tres alternadas fijadas por resolución judicial firme.

Ambos listados estarán a cargo del Superior Tribunal de Justicia de Chubut que será el órgano de aplicación.

¿Qué implica figurar en los Registros?

En ambos casos, si un progenitor ingresa en cualquiera de los dos Registros, queda inhabilitado automáticamente para, entre otros trámites, obtener licencias, habilitaciones, concesiones otorgadas por cualquiera de los tres poderes del Estado, así como para ejercer cargos públicos en cualquier tipo de relación o recibir adjudicación de viviendas.