El Superior Tribunal de Justicia resolvió conferir carácter de Feria Extraordinaria por Emergencia Sanitaria en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia del Chubut, al período comprendido entre el día 17 de marzo del 2020 y el 26 de abril de 2020, inclusive, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran dictarse en lo sucesivo en el marco de la Pandemia COVID-19.

Queda establecido que los empleados, funcionarios y magistrados deberán realizar sus tareas desde sus domicilios, conforme las directivas que al efecto indique el titular de cada organismo, en la medida que el uso de las tecnologías habilitadas para el teletrabajo se encuentre disponible a fin de dar respuesta adecuada y eficaz, se restringirá al máximo el traslado de agentes a los lugares habituales de trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19.

La Acordada establece la designación de un Juez de Feria para coordinar las tareas de los fueros penal y civil, en todos los fueros y circunscripciones.

Queda explicitado que en los asuntos que no admitan demoras, las partes podrán solicitar habilitación de día y horas inhábiles en los términos del artículo 155 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.

El Acuerdo Plenario contiene también una respuesta a los Colegios Públicos de Abogados de la Provincia, que expresaron la necesidad de habilitar el normal funcionamiento del servicio de justicia.

Vivas y Panizzi subrayaron que "sería una irresponsabilidad que se permitiera una habilitación en las condiciones solicitadas, so riesgo de permitir la difusión del virus entre agentes del Poder Judicial, como entre profesionales y justiciables, máxime, cuando son las propias autoridades sanitarias de la Nación y la Provincia, las verdaderamente legitimadas para dictaminar al respecto, y todas coinciden en la necesidad de dar continuidad al aislamiento social obligatorio".

En la misma línea de ideas, se les encomendó a los Sres. Magistrados especial atención al tratamiento de cuestiones de índole alimentaria en general, incluso a los pedidos de los profesionales relativos a honorarios.

Vivas y Panizzi recordaron que por medio de los Acuerdos Plenarios 4866/2020 y 4868/2020 se ha exhortado y luego intimado al Banco del Chubut S.A. a fin que implemente un sistema informático compatible con el del Poder Judicial que permita al justiciable y al profesional, por medio del Superior Tribunal de Justicia, disponer de los fondos depositados en dicho banco, en cuentas judiciales.