Absueltos: la justicia no encontró responsabilidad penal de los imputados en el caso de la calle Tamburini
La demorada conclusión del pavimento fue denunciada y se inició una causa penal que llegó a juicio. Se determinó que no hay responsabilidad de los integrantes de la empresa ni del funcionario municipal que estaba a cargo.
La justicia determinó la absolución de los tres imputados que fueron a juicio oral y público por la inconclusa obra de la Calle Tamburini y varias calles más en el Barrio Los Sauces de Esquel.
Se trata del socio gerente de la empresa constructora Patagonia Vial S.R.L, Jiuliano Simeoni, el ingeniero representante técnico de la empresa, Daniel Peláez y el entonces Secretario de Obras Públicas Municipal, Julio Descalzo.
Estaban acusados como autores de los delitos de defraudación y omisión de los deberes de funcionario público.
El caso investigado por el Ministerio Público Fiscal estableció que, en la ejecución de la obra de pavimentación, contratada por un consorcio de vecinos barrio “Los Sauces”, se utilizó hormigón deficiente que no superó el mínimo de los estándares de resistencia exigidos.
Para los fiscales la malversación de fondos afectó al estado municipal y a los vecinos, en cifras que ascienden a los 105 millones de pesos.
Sentencia absolutoria
La funcionaria Cecilia Bagnato indicó que con la fiscal María Bottini entendieron que había mérito para ir a juicio y también prueba para una condena, pero la jueza Fernanda Rivorí “entendió que era más una cuestión de incumplimiento de contrato que se puede canalizar por la vía civil y no alcanzaba para administración fraudulenta”.
Mencionó que fiscalía probó que el hormigón que había colocado la empresa era deficiente. También hubo defectos de ejecución.
“La juez entendió que había otros factores que podría haber colaborado este deterioro, como el clima, efectos de ejecución. También entendió que no había dolo, es decir la intención de las partes de defraudar a los vecinos o de administrar mal los fondos”, detalló.
Además, la jueza argumentó que “como no hubo un pliego de bases y condiciones en el contrato es difícil decir que es lo que no cumplieron”, pero consideró que “abre una puerta riesgosa porque entonces en cualquier obra pública que no tenga un pliego se puede hacer cualquier cosa y después es inimputable”.
Aclaró que están conformes con haber llevado el caso a juicio y evaluarán si van a impugnar porque no están de acuerdo con el fallo. Ahora la jueza tiene cinco días para fundar la sentencia y a partir de ahí fiscalía tiene diez días para hacer una impugnación ante el Superior Tribunal.
Más adelante la funcionaria señaló que entiende que ahora “el municipio debería responsabilizar a la empresa por la vía civil para que se haga cargo de la reparación de las calles”.