El Gobierno Nacional dispuso que las empresas proveedoras de servicios y aquellos que comercialicen a través de internet deberán publicar y exponer de manera accesible en la página principal de su página web un "botón de baja".

Rosana Ede, directora municipal de Defensa al Consumidor de Esquel, informó que si bien, en la mayoría de los casos, está disponible el botón en los sitios web, no se concreta la baja del servicio de manera automática como establece la ley.

Explicó que esta medida está reglamentada por ley, debido a una decisión que adoptó la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, y las empresas que no cumplan la normativa pueden ser sancionadas con montos por hasta 5 millones.

Además de las empresas de telefonía fija y móvil, las de internet, las de radiodifusión por suscripción y las de medicina prepaga que hasta ahora estaban obligadas a visibilizar el "botón de baja", se agregaron las suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital; las suscripciones de bases de datos; los servicios de asistencia al viajero; los de emergencias médicas y/o traslados sanitarios de personas; la asociación a clubes y gimnasios; las tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias; y las donaciones periódicas con débito automático a Asociaciones Civiles.

La medida se determinó con el fin de facilitar  a los consumidores los trámites y procesamiento de baja al cancelar un servicio o suscripción, en el marco de la emergencia social y sanitaria por Covid-19.

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